miércoles, 11 diciembre 2024

Lo que has de saber sobre la tramitación de herencias en Barcelona

Al recibir una herencia, es posible que miles de preguntas vengan a tu mente. ¿Cómo puedo saber si soy heredero y cuanto me corresponde? ¿Qué documentos necesito para aceptar la herencia? ¿Me conviene aceptar a beneficio de inventario? ¿Podré pagar los impuestos correspondientes a la herencia? ¿Cuánto deberé pagar? ¿Qué procedimiento debe hacerse para cobrar herencia? 

Para zanjar estas cuestiones, te aclaramos todo lo que debes saber sobre trámites a realizar ante una herencia en Barcelona, la cual está sujeta a las normas especiales del Código Civil de Cataluña.

Trámites de herencias en Barcelona

Los abogados especialistas en herencias en Barcelona recomiendan asesorarse por un especialista antes de aceptar una herencia, por las repercusiones en el patrimonio y fiscales que puede conllevar, para así obtener la herencia con todas las garantías.

Habitualmente, un trámite de herencia con testamento previo es mucho más seguro que en procesos donde el propietario de los bienes no ha dejado clara su voluntad, ya que evitará cualquier conflicto entre los herederos y permitirá aceptar la herencia de la forma más estructurada y con una buena planificación fiscal. Por eso, los expertos en materia legal recomiendan asesorarse para realizar un testamento a medida de sus necesidades.

Obtener asesoramiento legal también será beneficioso para ayudarnos a aceptar la herencia, puesto que cuando se hereda, también se heredan las deudas y obligaciones.

Una vez decidamos aceptar la herencia deberemos tener presentes los siguientes pasos a realizar:

Documentos necesarios

Existen 3 documentos básicos que son imprescindibles para tramitar una herencia. El primer requisito para iniciar un trámite de herencia es obtener el certificado de defunción del causante. Este documento estará disponible entre 3 a 15 días después del deceso.

Una vez obtenido este documento, el siguiente paso será obtener el certificado de últimas voluntadesEn este punto, se evaluará si el fallecido realizó un testamento donde figuren sus herederos. La obtención de este documento podrá hacerse pasados 15 días hábiles de la defunción.

También es recomendable de solicitar un certificado que acredite si existe alguna póliza de seguro de vida por parte del fallecido. En caso de haberla, se requerirá conocer las condiciones de seguro, para determinar quiénes son los beneficiarios. De esta manera, se podrá reclamar el cobro de indemnización correspondiente a la empresa aseguradora.

Acciones a realizar

Si hubiere un testamento, los beneficiarios podrán obtener la copia del testamento. Es posible que la familia cuente con un testamento hológrafo realizado por el finado, por lo que deberá analizarse cuál es el último testamento y cuál es el válido.

En caso de que no existiese un testamento, habrá que tramitar una declaración abintestato. En tales casos, serán llamados a la herencia los herederos legales, los cuales deberán adjudicarse la herencia conforme a lo dispuesto en el Código Civil de Cataluña en caso que el fallecido tuviera vecindad civil catalana.

Aclarado el orden sucesorio, será necesario realizar un inventario respecto de los bienes del fallecido para aceptar la herencia, punto en el que se solicitarán certificados bancarios y otros documentos que brindarán la información necesaria para llevar a cabo la partición, que es el reparto de bienes propiamente dicho.

Realizada la aceptación se procederá a liquidar y abonar el pago de impuestos, lo que se debe realizar en un plazo de 6 meses, que podrán ser prorrogados.

Finalmente, se realizarán los oportunos trámites registrales para los cambios de titularidad frente a terceros.

Por todo ello, lo más recomendable es contactar un abogado especialista en herencias, el cual le asesorará sobre los trámites a realizar de forma personalizada y de los pasos que debe seguir para aceptar la herencia de la mejor forma para sus necesidades.