domingo, 24 noviembre 2024

La Asociación de Fiscales acude a los tribunales contra el nombramiento de Zaragoza

La Asociación de Fiscales (AF) presentará un recurso contar el nombramiento por del fiscal del Tribunal Supremo Javier Zaragoza como refuerzo contra el narcotráfico en la Zona de Campo de Gibrartar. El fiscal jefe de la Fiscalía Antidroga, José Ramón Noreña, ya hizo pública su discrepancia con la decisión de la fiscal general, Dolores Delgado, de realizar este nombramiento, que «ilegal e improcedente».

Según la nota de prensa hecha pública este lunes por la asociación de fiscales, el recurso se presenta «a fin de que los Tribunales determinen si dicho nombramiento ha sido efectuado sin respetar las funciones que el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (EOMF) reserva a la Fiscalía Antidroga de la Audiencia Nacional».

El propio Noreña salió a principios del mes de marzo al paso de noticias difundidas en algunos medios de comunicación en las que se le acusa de una falta de eficiencia en la zona de Campo de Gibraltar que ha obligado a la fiscal general, Dolores Delgado, a nombrar a Zaragoza como refuerzo.

Según el decreto de designación, el actual fiscal del Supremo desarrollará su labor esta labor en cooperación y «sin menoscabo de las funciones que en esta materia tienen la Fiscalía Especial Antidroga y las fiscalías territoriales de la zona, con las que mantendrá la necesaria coordinación».

Fuentes fiscales consultadas mostraron su sorpresa por el comunicado de Noreña, y señalan que el origen del desencuentro puede encontrarse en las formas utilizadas por Delgado para realizar la designación del fiscal de refuerzo, ya que no se comunicó convenientemente al actual jefe de Antidroga.

En todo caso, las mismas fuentes coinciden con la fiscal general en la necesidad de propiciar un refuerzo de la coordinación con Madrid, la Audiencia Nacional y la actividad fiscal en la zona.

Frente a estas informaciones, Noreña aduce que la Audiencia Nacional carece de competencias propias para investigar y juzgar delitos de blanqueo de capitales que no estén directamente vinculados a un tráfico de drogas competencia de dicha Audiencia -artículo 65 LOPJ-, por lo que no es factible tratar de que asuman aquellas investigaciones si no concurre tal conexión.