Podemos recibió microcréditos por parte nueve personas que sobrepasaron en un montante total de 60.600 euros el máximo permitido para las aportaciones de fondos a partidos políticos para la financiación de la campaña electoral de las elecciones generales de 2019, según ha detectado el Tribunal de Cuentas que, no obstante, destaca que la formación morada ha justificado haber devuelto todos estos microcréditos.
Así consta en el informe sobre la contabilidad electoral de las distintas formaciones políticas correspondiente a aquellos comicios aprobado por el órgano que preside María José de la Fuente y de la Calle.
En el apartado relativo a la contabilidad de Unidas Podemos, el fiscalizador señala la existencia de microcréditos concedidos a Podemos por un total de 2.683.419,51 euros, que la coalición no ha declarado específicamente al encontrarse incluidos dentro de las aportaciones realizadas por la formación de Pablo Iglesias.
Al revisar estas operaciones de endeudamiento para comprobar si los importes de los microcréditos excedían el límite máximo previsto en la normativa electoral para las aportaciones de fondos, por si adoptaran tal naturaleza en el supuesto de no devolución, el tribunal detectó que los realizados por nueve personas físicas sobrepasaban dicho límite, por un importe total de 60.600 euros.
Actualmente, la ley electoral fija un límite de 50.000 euros anuales para las donaciones a partidos procedentes de una misma persona física o jurídica correctamente identificadas y que no sean finalistas ni revocables.
Eso sí, en el trámite de alegaciones, Podemos remitió la documentación justificativa de la devolución de todos los microcréditos.
En las recomendaciones incluidas en su informe, similares a las plantea tras la revisión de la contabilidad de todas las elecciones en los últimos años, el Tribunal de Cuentas sugiere la conveniencia de regular específicamente los microcréditos, para, por lo menos, fijar una cuantía máxima por prestamista que no exceda del límite máximo previsto en la normativa electoral para las aportaciones privadas.
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También demanda que esa regulación remarque que los microcréditos deben ser ingresados en las cuentas bancarias electorales, que tengan que ser devueltos antes que de se cumpla un año natural de la celebración de las elecciones para las que se concedieron y que para renunciar a su devolución los prestamistas deben hacerlo constar por escrito y la cantidad pasará a ser una donación.
Además, según el informe, Unidas Podemos incurrió para las últimas generales en gastos irregulares por importe de 248.868,91 euros, de los que 9.406,54 euros correspondieron a gastos con justificación insuficiente y 239.462,37 a gastos de publicidad en prensa, radio u otros medios digitales realizados antes del inicio de la campaña electoral, lo que está prohibido por el artículo 53 de la LOREG.
Por eso, estos gastos no han sido admitidos como susceptibles de ser financiados con subvenciones electorales, aunque sí se han tenido en cuenta a efectos de verificar el cumplimiento del límite máximo de gastos.
GASTOS DE ESTILISMO DE CANDIDATOS
Lo mismo ha sucedido con 24.390,27 euros de operaciones ordinarias que, pese a lo declarado por la coalición, no tienen consideración de gastos electorales. En este apartado figuran gastos de estilismo de los candidatos para anuncios electorales y del alquiler de locales para la noche electoral que la coalición establece que, según defiende en sus alegaciones, sí deberían ser subvencionados.
El tribunal señala, asimismo, que del examen de la documentación justificativa aportada por la formación, ha resultado un mayor gasto de publicidad exterior (y menor gasto de publicidad en prensa y radio) por importe de 924,74 euros, que ha sido reclasificado y tenido en cuenta a efectos de verificar el cumplimiento de los límites de gastos que fija la ley.
Respecto a lo invertido en envíos de propaganda electoral se ha deducido que un importe de 128.368,90 euros corresponde en realidad a gastos por operaciones ordinarias, habiéndose procedido a su reclasificación en el apartado correcto.
También las confluencias de Podemos en Cataluña y Galicia declararon gastos por envíos de propaganda electoral que el tribunal no ha computado como subvencionables puesto que ni En Comú Podem ni Galicia en Común tenían derecho a esta subvención por lo no haber alcanzado el mínimo de representación requerido para ello. En concreto, En Comú consignó 236.229,94 euros en este apartado y la confluencia gallega 169.073,82 euros.
Asimismo, Galicia en Común invirtió 3.493,83 euros en anuncios en prensa, radio o medios digitales antes del arranque de la campaña por los que tampoco recibirá ayudas.
TRES PROVEEDORES INCUMPLIDORES
Entre los incumplimientos que achaca a Unidas Podemos, el tribunal explica que realizó pagos por importe e 10.222,64 euros a través de la cuenta electoral con posterioridad a los 90 días siguientes al de la votación y que pagó la mayor parte de los 194.821,77 euros que tenía pendientes a la fecha de la presentación de su contabilidad con dinero de otras cuentas corrientes al no tener suficiente dinero en la de gastos electorales.
Por último, el fiscalizador ha identificado tres proveedores por prestación de servicios o adquisición de bienes, con una facturación conjunta de 832.867,54 euros, que no han informado al Tribunal de Cuentas, incumpliendo lo contemplado en el artículo 133.5 de la LOREG.