La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Madrid acoge este próximo jueves, a las 12.30 horas, el juicio contra tres hombres por estafar presuntamente hasta en tres ocasiones a una mujer «muy influenciable» que era poseedora de un «vasto patrimonio». Se enfrentan a hasta seis años de prisión por un delito continuado de estafa.
En concreto, la Fiscalía Provincial de Madrid solicita seis años de prisión para J.F.J.C. y otros cinco para J.L.G. y A.Von W.S. Según explica el Ministerio Fiscal, J.L.G. entabló en 2012 una relación de amistad con M.J.M.B. con el fin de apoderarse de su patrimonio.
Para ello se ganó su confianza e ingresó en su cuenta pequeñas cantidades de dinero para que pudiera afrontar ciertos pagos acuciantes y prometerle «falsamente» que iba a ayudarla a recuperar su patrimonio.
De este modo consiguió que la mujer acudiera a un notario para que le otorgara un «amplísimo» poder que le permitía tanto gravar bienes inmuebles como constituir hipotecas.
Gracias a ello, el acusado compareció meses más tarde en una notaría de Madrid junto a J.F.J.C., el cual actuaba en nombre y representación de COALME, y otorgó una escritura de reconocimiento de deuda a favor de Indibu Construcciones S.L.,la cual ascendía a 173.865,74 euros y que debía abonarse en una serie de mensualidades que comenzaban en enero de 2014.
Como garantía de dicha deuda se constituyó una hipoteca inmobiliaria que gravaba el inmueble propiedad de la mujer situado en Madrid, gracias al poder que le había otorgado «y sin que la misma conociera y consintiera dicha operación».
Dado que la deuda resultó impagada, Indibu reclamó a la mujer el abono de la misma. Una vez que la representación legal de Indibu Construcciones S.L. supo que la mujer desconocía la constitución de dicha hipoteca, renunció a esta garantía mediante escritura pública, a pesar de que Coalme no le había hecho efectivo el importe de la deuda garantizada.
De nuevo en junio de 2013 J.L. y J.F.J.C., «sirviéndose del poder mencionado» constituyó una hipoteca que gravaba una vivienda y un estudio situados en Alcobendas, «para garantizar el saldo de sendas pólizas de crédito y de préstamo que Coalme Restauración S.L. tenía en el Banco Popular, y que ascendían a un total de 250.000 euros», siendo su vencimiento el 17 de junio de 2033.
A su vez, el día 31 de enero de 2013, los acusados J.L.G. y A.Von W.S., «obrando éste último en nombre y representación de la mercantil Ribera del Paraíso S.L»., comparecieron en una notaría de Córdoba donde J.L.G constituyó una hipoteca sobre la vivienda de Alcobendas para garantizar el saldo de 360.000 euros de la cuenta corriente de crédito que Ribera del Paraíso tenía en el Banco Popular en Córdoba.
Ambos acusados se lucraron personalmente de dicha cantidad, motivo por el cual el Banco Popular exigió a la mujer el cumplimiento de la garantía hipotecaria.
Asimismo, ambos acusados constituyeron en la misma notaría una hipoteca sobre otra vivienda propiedad de la mujer «sin que la misma tuviera conocimiento de dicha operación», para garantizar la obligación de Ribera del Paraíso de abonar al Banco Popular un crédito por valor de 107.000 euros antes del 3 de diciembre del 2014.