La puesta en escena del patinete eléctrico como una especie de transporte ha ido incrementando en el último tiempo, conllevando a la preparación de una reglamentación específica que permita una mayor seguridad y una adecuada convivencia con los otros usuarios de la carretera.
Para el venidero 2 de enero saldrá a la palestra una modificación al Reglamento General de Vehículos y de Circulación, el cual vendrá incorporado con una regulación apropiada a este tipo de vehículos.
El texto legal subraya que los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) “son aquellos de una o más ruedas “dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos”, que tendrán una velocidad máxima que trasciende entre los 6 y 25 km/h. Cabe destacar, que estos solo contaran con un asiento o sillín, siempre y cuando estén equipados con un sistema de autoequilibrado.
5Conducir el patinete eléctrico con dispositivos móviles
Al igual que sucede con otra persona que maneje un vehículo, el conductor del patinete eléctrico tiene totalmente prohibido utilizar el teléfono u otro dispositivo móvil cuando está circulando en la calle. La sanción para este tipo de infracción es de unos 200 euros.