jueves, 12 diciembre 2024

El Congreso acepta tramitar una ley para compensar la incautación de dinero republicano

El Pleno del Congreso ha acordado este martes tramitar una proposición de ley enviada por el Parlamento catalán para reformar la Ley de Memoria Histórica con el objetivo de establecer medidas para resarcir a los particulares (o sus herederos) a los que el régimen franquista incautó papel moneda y otros signos fiduciarios republicanos. El acuerdo se ha adoptado con el voto en contra de Vox y la abstención del PP.

Esta iniciativa estaba pendiente de debate en el Congreso desde abril de 2017. Entonces el Gobierno de Mariano Rajoy vetó que se discutiera con el argumento de que su aprobación supondría un aumento de los créditos presupuestarios. Después de la moción de censura, el nuevo Ejecutivo de Pedro Sánchez revocó ese veto, pero se convocaron las elecciones de abril de 2019, la reforma decayó y tampoco dio tiempo a debatirla en la legislatura corta.

Ahora se tramitará en el Congreso, donde también tendrá que llegar en los próximos meses la Ley de Memoria Democrática que amplia la norma para resarcir a las víctimas de la guerra civil y la dictadura que está vigente desde 2007.

El texto, que en Cataluña se aprobó por unanimidad, consta de tan sólo dos artículos para reconocer «el derecho de resarcimiento a los particulares afectados por la incautación de papel moneda u otros signos fiduciarios» republicanos. Se trata de compensar a los particulares cuyos ahorros fueron incautados, igual que se hizo en su momento con los sindicatos y los partidos políticos a los que se requisaron bienes y derechos.

En la exposición de motivos de la proposición de ley se recuerda que en noviembre de 1936 las autoridades franquistas decretaron que dejaban de ser válidos los billetes puestos en circulación por el Banco de España después del 18 de julio de 1936 y que los anteriores a esa fecha sólo podían circular si habían sido estampillados por las autoridades franquistas.

CONDICIONES IMPOSIBLES

Después, se ordenó cambiar la moneda republicana por papel moneda válido en la zona nacional y se establecieron unos plazos y requisitos para su canje. El dinero anterior al alzamiento que no pudo canjearse por decisión de los tribunales se depositó en una cuenta especial del Banco de España, denominada «Billetes de canje desestimado», mientras que los billetes posteriores al 18 de julio de 1936 emitidos por las autoridades republicanas se depositaron en un «Fondo de papel moneda puesto en circulación por el enemigo».

Para canjear los billetes anteriores al 18 de julio de 1936, muchos ciudadanos hubieran requerido el aval de personas de renombre y afectos al nuevo régimen dictatorial, una condición imposible de cumplir para muchos de ellos que «se vieron forzados a entregar los ahorros respectivos simplemente a cambio de un recibo, ya que no podían optar al cambio de los billetes».

«Su incautación, y la de los signos fiduciarios y billetes republicanos posteriores al 18 de julio de 1936, tenía un doble objetivo: la obtención de recursos para un régimen en grave situación de crisis a raíz de la guerra y la aplicación de una medida más de represión contra los vencidos en la confrontación civil», argumenta la iniciativa.

En este contexto, la proposición plantea modificar la Ley de Memoria para reconocer el derecho de resarcimiento a los particulares afectados por la incautación de papel moneda u otros signos fiduciarios depositados por las autoridades franquistas en la cuenta «Billetes de canje desestimado» o en el «Fondo de papel moneda puesto en circulación por el enemigo».

La norma establece que también tendrán derecho a resarcimiento sus «derechohabientes», en los términos que se establezcan mediante un reglamento en el que también se concretará el «método de cálculo del resarcimiento».

La iniciativa también recoge la inclusión de una disposición adicional para que el Gobierno central y el catalán estudien y habiliten medidas para resarcir los bienes depositados en las cajas de alquiler de bancos y cajas de ahorros que fueron incautados durante la Guerra Civil amparándose en disposiciones del Gobierno de la República y del Gobierno de la Generalidad, siempre que estas incautaciones se hicieran «de manera ilegal».