El exministro y expresidente del FMI Rodrigo Rato se ha librado de todos los cargos que pesaban sobre él. La salida a bolsa de Bankia, la entidad que entonces presidía, ha traído largos dolores de cabeza a quienes la orquestaron por un cúmulo de presuntas irregularidades, por delitos de estafa a los inversores y falsedad contable. Sin embargo, la sentencia ha absuelto a los 34 acusados después de darle un duro rapapolvo a la Fiscalía, a quien el juez señala por haber lanzado duras acusaciones sin fundamentar, y a la acusación por «adherirse» a las conclusiones de los fiscales para «librarse» de pagar las costas del juicio.
La clave por la que Rato se ha librado de todos los cargos está en cómo ha fundamentado la Fiscalía sus acusaciones. El juez ha detallado que le llama la atención «la ausencia de menciones especificas [por parte de la Fiscalía] a las personas acusadas, que se sentaron en el banquillo destinado para ellos, por parte de los numerosos testigos que, después de haber prestado exhaustivas declaraciones en fase de instrucción, lo volvieran a hacer en juicio, y también por parte de los peritos, o por referencias documentales etc. de contenido incriminatorio», tal y como se refleja en la sentencia.
El rapapolvo a los fiscales es duro, pues también señala que no se acordaron de ellos excepto en el momento de lanzarles una dura acusación, a pesar de haber movido a 31 personas acusadas, además de otras entidades, medio centenar de testigos y cerca de veinte peritos. «En el acto del plenario nadie los nombró, ni para bien ni para mal, de manera que la mayoría de las personas acusadas, cayeron en el olvido en el transcurso del Juicio Oral, solo recordadas sus identidades por el Ministerio Público en el trámite de conclusiones definitivas para dirigir ahora su acusación contra los que antes acusó», detalla el juez en la sentencia.
Pero es que el magistrado también argumenta que la acusación particular fundamentó su estrategia en «adherirse» a las conclusiones de la Fiscalía para librarse de pagar las costas del juicio, en caso de que perdieran. «Con esta forma de proceder de adhesión recíproca o adhesión a la adhesión, resulta razonable pensar que se podría pretender por las Acusaciones introducir mecanismos, con el fin de evitar en algunas de ellas, el riesgo de una posible condena en costas, situándose bajo el paraguas de una 281 pretendida acusación homogénea a la del Ministerio Fiscal», detalla el magistrado.
La sentencia notificada este martes no es pequeña, pues consta de 442 páginas. Pero lo que los acusados han recibido de buena gana es el fallo por el cual se asegura que la salida a Bolsa contó con la aprobación de todos los supervisores, Banco de España, CNMV, FROB y EBA, que el documento en el que se apoyó disponía de una «amplia y certera» información relacionada con la salida a bolsa y , sobretodo, que no hubo falsedad en las cuentas de 2011 y que las conductas de los acusados fueron «genéricas».
Esta sentencia es el resultado del juicio celebrado entre el 26 de noviembre de 2018 y el 1 de octubre del año siguiente. Se llegaron a celebrar hasta 74 sesiones donde fueron interrogadas 31 personas, además de otras entidades, medio centenar de testigos y cerca de veinte peritos para intentar confirmar las tesis de la acusación y de la Fiscalía: que las cuentas de las dos entidades, entre ellas Bankia, supervisadas por la consultora, no se eran reales cuando el banco salió a bolsa.