La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a una pena de prisión de nueve años por un delito de agresión sexual en el ámbito familiar a un hombre que violó a su excompañera sentimental en la vivienda que compartían, tras pedirle mantener relaciones sexuales por última vez y negarse la víctima.
El penado, en una sentencia en la que se han contemplado las agravantes de parentesco y de género, no podrá acercarse ni comunicarse con la víctima, a la que deberá indemnizar con 5.000 euros por el daño psicológico, moral y afectivo que sufrió a consecuencia de los hechos.
Según relata la sentencia, de la que ha informado el TSJCV, la agresión sucedió durante la tarde del 30 de abril de 2018 en la vivienda en la que aún vivía la expareja cuando iniciaron una discusión en la que él le propuso subir a una habitación de la casa para que la hija que tenían en común y su propia madre no presenciaran la pelea.
Una vez en el piso de arriba, el ahora condenado le dijo a la víctima que quería mantener relaciones sexuales por última vez, a lo que la mujer se negó. La sentencia recoge que, ante el rechazo, el agresor inició un forcejeo, le quitó la ropa que llevaba y la forzó sexualmente, pese a que ella le rogaba que la dejara en paz.
El relato de hechos probados de la resolución detalla que durante la violación, el condenado reprendió a la víctima y le dijo que si había tenido «cojones para tener relaciones sexuales con otro chico», tenía que tener «cojones» para tenerlas con él «por última vez».
Según la resolución, esta expresión «denota situación de superioridad y de dominio y control sobre la mujer», por lo que la Sala aplica la circunstancia agravante de discriminación por razón de género.