sábado, 23 noviembre 2024

El Tribunal de Cuentas se lava las manos sobre la financiación a la Iglesia

El Tribunal de Cuentas considera que existe «ausencia de concreción» entre la Iglesia y el Estado para poder determinar con precisión si existe «insuficiencia o exceso» de financiación a la Iglesia Católica.

Así se desprende del Informe de Fiscalización sobre las Actuaciones desarrolladas por la Administración General del Estado en materia de cooperación económica con las confesiones religiosas a través de los programas de ingresos y gastos contenidos en los Presupuestos Generales del Estado (Ejercicio 2017), publicado este miércoles 29 de julio.

El Tribunal de Cuentas precisa que el Acuerdo entre el Estado y la Santa Sede «recoge el compromiso del Estado de colaborar en el adecuado sostenimiento de la Iglesia, al tiempo que esta declara su propósito de lograr por sí misma los recursos suficientes para la atención de sus necesidades».

Sin embargo puntualiza que al no existir un acuerdo que defina cuáles son esas necesidades de la Iglesia a las que debe contribuir a sostener el Estado, no es posible indicar si la financiación es insuficiente o, por el contrario, excesiva.

«No existe acuerdo entre las partes o normativa aplicable, que sean consecuencia del Acuerdo con la Santa Sede, que establezca las necesidades de la Iglesia a cuyo sostenimiento el Estado se compromete a colaborar. Esta ausencia de concreción impide determinar con precisión la existencia de insuficiencias o excesos de financiación», subraya el Tribunal.

UNA MEMORIA DE ACTIVIDADES MÁS QUE JUSTIFICATIVA

Además, señala que la memoria de la Iglesia Católica, en la que esta confesión explica el destino de los fondos que recibe de la casilla del 0,7% del IRPF es «más una memoria de actividades que una memoria justificativa».

«La Iglesia elabora la memoria con sus propios criterios, ante la ausencia de otros acordados o establecidos en la normativa estatal respecto a su contenido, de forma que constituye más una memoria de actividades de la propia Iglesia que una memoria justificativa», señala el Tribunal, aunque añade que el Ministerio de Justicia no ha puesto de manifiesto «ninguna incidencia» respecto de las memorias presentadas.

A su juicio, la memoria justificativa de la Iglesia debería proporcionar «información suficiente para comprobar que la asignación tributaria se ajusta a las necesidades de financiación que se auxilian y en las que se concreta el adecuado sostenimiento».

Asimismo, cree que debería existir un instrumento a través del cual el Estado reciba la información acerca de la situación de la Iglesia respecto a «su propósito de lograr por sí misma los recursos suficientes para la atención de sus necesidades».

SUPERÁVIT

En cuanto a las memorias presentadas por la Iglesia referidas a los ejercicios 2016 y 2017, el Tribunal indica que presentan unas rúbricas de «superávit» de 19,3 y 15,9 millones de euros, respectivamente, «que se destinan a la dotación de un fondo y a la aportación de fondos propios a una sociedad mercantil».

Esto podría plantear, según el informe, «una posible divergencia entre el compromiso de colaboración adquirido por el Estado y las necesidades efectivas de financiación de la Iglesia Católica». No obstante, añade que no ha sido objeto de regulación el tratamiento de déficits y superávits entre el importe de la asignación tributaria y las necesidades de financiación de la Iglesia.

«En las memorias de 2016 y 2017 se señala que se han realizado aportaciones de fondos propios a una entidad mercantil controlada por la Iglesia por importe de 20 millones de euros procedentes de la asignación tributaria, lo que podría ser objeto, en su caso, junto a otros posibles destinos derivados de la decisión adoptada por aquella sobre elempleo de los fondos recaudados y transferidos por el Estado, de un análisis más detallado», añade.

El Tribunal también destaca que la memoria de la Iglesia incluye la cantidad de 264.533.456,60 euros, que figura como cantidad recibida en el año 2017.

Si bien, precisa que, realizadas la correspondientes verificaciones, «la asignación tributaria recibida por la Iglesia en 2017 fue 264.833.456,60 euros», es decir, «300.000 euros inferior a la efectivamente recibida por la Iglesia». La discrepancia, según puntualiza el Tribunal, tiene su origen «en el importe de la liquidación de 2015 recibido en el ejercicio».

DECLARACIONES EXTEMPORÁNEAS

El Tribunal de Cuentas recomienda a la Agencia Tributaria incluir en las sucesivas liquidaciones de la asignación tributaria en favor de la Iglesia Católica el importe estimado de las declaraciones extemporáneas que se fueran produciendo.

Por lo que respecta a las liquidaciones de ejercicios anteriores, aconseja acordar con la Santa Sede el tratamiento de las declaraciones extemporáneas que no hayan sido objeto de liquidación a estos efectos.

También ve conveniente que el Gobierno considere la oportunidad de impulsar la aplicación del mecanismo para resolución de dudas o conflictos con el fin de regular, de acuerdo con la Santa Sede, las diversas materias relacionadas con la memoria.

En concreto, señala que podrían acordar «sus plazos y forma de presentación; el nivel de detalle de la información que debe proporcionar; la delimitación de los tipos de necesidades de la Iglesia cuya cobertura se puede financiar con la asignación; el tratamiento que debe darse a los eventuales superávits o déficits; y la información que permita al Estado comprobar si el destino último de los recursos es compatible con el cumplimiento de las exigencias del Derecho de la Unión Europea».

Finalmente, sugiere al Gobierno que articule los mecanismos internos necesarios para asegurar un seguimiento «eficaz» de la memoria justificativa y del cumplimiento de las obligaciones de las partes derivados del Acuerdo de 1979.