La asociación Juezas y Jueces para la Democracia ha criticado este viernes el «sesgo claro» que aprecia en el seno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) a la hora de criticar manifestaciones públicas por parte de dirigentes políticos como en el caso del vicepresidente segundo del Gobierno, Pablo Iglesias.
El órgano de gobierno de los jueces, en situación de prórroga desde diciembre de 2018, censuró esta semana las críticas del vicepresidente segundo del Gobierno y líder de Unidas Podemos, Pablo Iglesias, a la condena impuesta a la portavoz del partido en la Asamblea de Madrid, Isa Serra, a 19 meses de prisión por participar en los altercados que se produjeron durante un desahucio en 2014, al considerar que «generan una sospecha inaceptable» sobre la independencia e imparcialidad de los tribunales.
El CGPJ, ha denunciado la asociación de jueces, «mantiene un sesgo claro a la hora de elegir las manifestaciones públicas de los responsables políticos objeto de su crítica y guarda un escandaloso silencio como fue el caso de las aceradas e injustas críticas a los jueces que dictaron la sentencia del caso ‘Gürtel'».
ROTUNDO RECHAZO A LAS DECLARACIONES DE IGLESIAS
En cualquier caso, la asociación ha trasladado su «rotundo rechazo» a las declaraciones realizadas por el líder de Podemos y ha reiterado la necesidad de «respeto y lealtad institucional» que se pide a quienes tienen responsabilidades en los poderes del Estado y a los que se «exige la mayor prudencia» a la hora de pronunciarse sobre lo resuelto por un Tribunal de Justicia en el ejercicio de su independencia e imparcialidad.
Declaraciones como las efectuadas no son acordes con las responsabilidades que ostentan los miembros del Gobierno, que no son otras que fomentar el respeto y la confianza en nuestro sistema judicial. Máxime cuando aquellas suponen una distorsión del contenido de la decisión judicial», ha argumentado.
En la misma línea, ha recordado que la crítica a las resoluciones judiciales «es un derecho ciudadano que fortalece el sistemainstitucional» y tiene como límite que no suponga una distorsión del contenido real de lo que ha sido fallado. «No resulta admisible el desprecio a la verdad con vistas a presionar sobre la independencia judicial», ha concluido.