jueves, 21 noviembre 2024

“Por imperativo legal”, la fórmula para acatar la Constitución que ideó Batasuna y avaló el TC

  • En 1989 tres diputados de Herri Batasuna la emplearon y fueron expulsados del hemiciclo.
  • Posteriormente el TC sentenció que sí era válido ese enunciado para acatar la Constitución.
  • El inicio del XIV Legislatura ha devuelto el debate a la palestra con nuevas e imaginativas fórmulas para prometer o jurar la Carta Magna.

El acatamiento de la Constitución (CE) “por imperativo legal” se ha convertido en una manida fórmula empleada por diputados para obtener su plena condición como tales. Esta fue ideada en 1989 los parlamentarios de la ilegalizada Herri Batasuna (el brazo político de ETA), Itziar Aizpurua, Juan Idigoras y Ángel Alcalde, y, posteriormente, avalada por el Tribunal Constitucional (TC) en su sentencia 119/1990, de 21 de junio.

Mucho han cambiado las cosas desde entonces. Mientras que Aizpurua, Idígoras y Alcalde fueron expulsados del hemiciclo por no emplear la fórmula de acatamiento limitada a un escueto “sí, juro” o “sí, prometo”, esta semana la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, dotó inmediatamente de plena condición de diputados a todos los parlamentarios electos, a pesar de las rocambolescas fórmulas que emplearon muchos de ellos para acatar la CE.

LA SENTENCIA DEL TC QUE AVALÓ EL “IMPERATIVO LEGAL”

Para hacerlo Batet se amparó en la citada sentencia del TC que estableció que no dotar a los representantes electos de su condición plena de diputados por el hecho de agregar la muletilla “por imperativo legal” a su juramento va en contra de la Constitución misma y, en concreto, de su artículo 23. 

Este precepto establece que “los ciudadanos tienen derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal” y agrega que “tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las leyes”.

En ese sentido, la sentencia afirma que el presidente de la Cámara Baja Félix Pons — el que expulsó a los tres batasunos en 1989— hizo una interpretación lesiva del “derecho de los recurrentes a acceder a la condición de Diputados en condiciones de igualdad, con los requisitos que señalan las leyes porque incluye entre tales requisitos una prohibición que no figura en las leyes mismas”.

El Alto Tribunal se refiere en concreto al artículo 20 del Reglamento del Congreso que proclama que para adquirir esa condición plena de diputado se deberá “prestar, en la primera sesión del Pleno a que se asista, la promesa o juramento de acatar la Constitución”, sin mayor especificación o prohibición.

“Que esa prohibición de adicionar a la fórmula palabras que no condicionan ni limitan el acatamiento no figura en el Reglamento del Congreso de los Diputados es cosa obvia, puesto que éste no contiene fórmula alguna”, subraya el veredicto.

“En un Estado democrático que relativiza las creencias y protege la libertad ideológica; que entroniza como uno de sus valores superiores el pluralismo político; que impone el respeto a los representantes elegidos por sufragio universal en cuanto poderes emanados de la voluntad popular, no resulta congruente una interpretación de la obligación de prestar acatamiento a la Constitución que antepone un formalismo rígido a toda otra consideración, porque de ese modo se violenta la misma Constitución de cuyo acatamiento se trata” agrega el TC, que, en el momento que se emitió la sentencia, 1990, estaba presidido por Francisco Tomás y Valiente, asesinado por ETA seis años después.

LAS NUEVAS FÓRMULAS

Dejar claro sus reservas hacia la norma suprema del ordenamiento jurídico español en el momento del acatamiento de la misma se ha convertido en una máxima para multitud de diputados de distintos signos políticos. Esta moda iniciada hace treinta años por los representantes del brazo político de ETA con su “por imperativo legal” ha ido adoptando muy distintas formas. 

Los últimos ejemplos los encontramos este mismo martes, cuando se celebró el primer pleno de la XIV legislatura, y se escucharon los más variopintos acatamientos.

“Por los presos políticos”, “por el mandato del 1-O”, “hasta lograr una Navarra soberana y una Euskal Herria libre”, “por los legítimos intereses del pueblo valenciano” o “por el planeta” son solo algunos de los enunciados que se emplearon integrantes de Junts, Esquerra, Bildu, CUP, el PNV y el BNG, ante las recriminaciones de PP, Ciudadanos y Vox.

Para la portavoz del partido naranja, algunas reinterpretaciones del acatamiento, como la que empleó el grupo parlamentario de Santiago Abascal de “por España”, son aceptables en la medida de que, a su juicio, se sitúan dentro de la “flexibilidad” para acatar que ampara la jurisprudencia.

Sin embargo, hay otros “añadidos” al “juro o prometo” que “insultan a los jueces, a la democracia y ponen en duda que el Congreso sea la cámara en la que reside la soberanía nacional”.

Por su parte, el líder de los populares, Pablo Casado, recriminó a Batet haber aceptado que todos los parlamentarios hayan adquirido la condición plena de diputados cuando algunos han “empleado fórmulas que han desvirtuado y vaciado el contenido de la Carta Magna”.

Casado defendió su postura sacando a colación el artículo 108 de la LOREG, artículo 20 del Reglamento de la cámara y una resolución de la misma y adelantó que presentará recurso de amparo ante la mesa del congreso, como ya ha hecho Vox, y ante el Tribunal Constitucional, .

Habrá que esperar a ver si, finalmente, se presenta ese recurso ante el TC, en qué sentido se pronuncian los magistrados, con el antecedente de la bendición a “por imperativo legal”.