jueves, 12 diciembre 2024

El fiscal concluye que Torra desobedeció a la JEC al no retirar los lazos y esteladas

Francisco Beñares, fiscal superior de Cataluña, ha concluido que el presidente de la Generalitat Quim Torra cometió un delito de desobediencia del mandato de la Junta Electoral Central (JEC) de retirar los lazos y esteladas de los edificios de la Generalitat. Según el fiscal, Torra intensificó su falta de respeto institucional y «se vino arriba» al cambiar la pancarta del Palau por una exactamente igual.

«El acusado fue intensificando esa falta de respeto institucional, hasta el punto de que se vino arriba» y sustituyó la mañana del 21 de marzo la pancarta del lazo amarillo por una idéntica con el lazo blanco, y en esa espiral acabó presentando una querella contra toda la JEC, ha explicado Bañeres en su informe final.

En su intervención la tarde de este lunes, Bañeres ha afeado a Torra «su nula disposición de acatar la orden» de la JEC, que, según el Ministerio Público, era un organismo competente y superior para darle órdenes.

El Ministerio Público, que pide condenar a Torra a 20 meses de inhabilitación, le ha afeado «su nula disposición de acatar la orden» de la JEC, que según el Ministerio Público era un organismo competente y superior.

Para el fiscal, Torra «no dudó en aprovechar todas sus comparecencias públicas para invocarse como paladín de la libertad de expresión, y mostrar su disconformidad con toda clase de aspavientos» a la JEC, mostrándose renuente en todo momento a acatar.

Ha recordado que en dos ocasiones el Síndic de Greuges dictaminó que se debía acatar la orden, pero que pese a ello, Torra «se autoerigía como el único defensor de la libertad de expresión, ni siquiera el Síndic de Greuges podía enmendarle la plana».

El fiscal tiene en cuenta como prueba las propias declaraciones de Torra, que ha reconocido este lunes en el juicio que desobedeció la orden de la JEC, y ha valorado que, «aparte de la nula disposición a acatar la orden», con su conducta mostró una falta de consideración reiterada a la JEC.

En su exposición, el fiscal ha rebatido los argumentos de Torra, y ha defendido la ejecutividad y competencia de las decisiones de la JEC respecto a los poderes públicos, después de que el presidente catalán afirmara que no era un órgano jerárquico superior y competente.

LA JUNTA ES SUPERIOR

Ha defendido que la administración electoral (la JEC) es una autoridad superior al presidente de la Generalitat, al del Gobierno y a todos los poderes públicos «concernidos» en un proceso electoral, y que todo sistema democrático necesita de una autoridad electoral, que está contemplada en la Constitución.

Ha asegurado que los lazos amarillos y las ‘estelades’ no son neutrales ya que representan las ideas de solo una parte de la ciudadanía, por lo que «no hay ningún atisbo de decisión injusta o prevaricadora» por parte de la Junta.

«No es un mensaje caprichoso o teledirigido o enfocado exclusivamente a situar en el banquillo de los acusados al presidente», ha valorado Bañeres en una intervención que ha durado una media hora.

Sobre la falta de claridad de la orden sobre qué símbolos retirar y sobre la complejidad de cumplir la orden porque no tenía competencia, el fiscal se ha referido a la declaración en el juicio del excomisario jefe de los Mossos d’Esquadra Miquel Esquius, que –tras la última orden de la JEC– habló con el director de gabinete de Torra «y tardaron menos de 24 horas» en retirar todos los símbolos.

TORRA NO SERÁ CANDIDATO SI ES CONDENADO

La aplicación de la Ley de Régimen Electoral General (LOREG) impedirá al presidente de la Generalitat, Quim Torra, presentarse a la reelección si es condenado por desobediencia por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) aunque la sentencia aún no sea declarada firme por el Tribunal Supremo.

En principio, una condena de inhabilitación por desobediencia -la Fiscalía pide que esta pena se imponga por 20 meses- no podría aplicarse hasta que la sentencia del TSJC fuera firme. La firmeza se alcanzaría bien por renuncia de Torra a recurrir ante el Supremo, lo que parece poco probable, o bien mediante el dictado de una resolución por el alto tribunal en respuesta al recurso de casación, lo que puede tardar entre 8 y 9 meses según los tiempos que viene manejando su Sala del o Penal.