BBVA niega el periodo de lactancia a las empleadas cuyas parejas están en paro

  • El banco considera, según sus palabras, que la baja por maternidad es un "descanso".
  • La entidad negó el permiso por lactancia porque el cónyuge podía desempeñar las mismas funciones que la madre.
  • También se apropiaba de parte del salario a aquellos trabajadores o trabajadoras que estaban de baja por maternidad o paternidad.
  • Ya ha quedado demostrado que el BBVA se apropiaba parte del sueldo de aquellas trabajadoras de la entidad que estaban de baja por maternidad. Hasta un 20% que, además, provenía de la Seguridad Social. Pero el banco también tenía sus reservas a la hora de otorgar el permiso por lactancia. Según refleja la resolución de una denuncia a la entidad, el BBVA negó en 2018 a una empleada los 15 días que le correspondían por haber sido madre porque su pareja estaba en el paro. Un hecho que le costó este año al banco una infracción por «discriminación por razón de sexo».

    Además de haber privado a sus empleadas de parte de su sueldo durante la baja por maternidad, si el banco consideraba que había alguien más en casa, las mujeres no tenían derecho a disfrutar de su permiso por lactancia. Al menos Así lo refleja con claridad el caso de esta empleada. «A la trabajadora se le deniega el permiso por lactancia debido a que el padre de su hijo no trabaja». Este fue el hecho que impulsó a la UGT de Cataluña a denunciar al BBVA.

    El banco creía justo negar este permiso siempre que la pareja de quien lo solicitara estuviera en casa. «El Plan de Igualdad de BBVA recoge tres requisitos que deben cumplirse para el disfrute de la acumulación del permiso por lactancia: es un derecho de titularidad individual, lo que significa que cualquiera de los dos progenitores puede solicitar el mismo, no obstante solo uno de ellos lo puede disfrutar; es necesario que ambos progenitores trabajen (por cuenta propia o ajena) y que uno de ellos renuncie expresamente; y finalmente debe efectuarse la solicitud con 15 días de antelación al periodo de conclusión del descanso por maternidad«.

    El hecho de que el banco considere un «descanso» el periodo que, por ley, debe tomarse una mujer embarazada antes y después del parto chocó notablemente en el sindicato. Pero lo que realmente caló fue el trato discriminatorio y extralimitado que el BBVA aplicaba a sus empleados. Por esta razón, la inspección determinó que la actuación de la entidad no fue ni legal ni adecuada. Y lo dejó claro en el informe.

    La resolución asegura que no fue correcta la actuación de la empresa por varias razones. «La empresa exige para el disfrute del permiso de lactancia que ambos progenitores trabajen, lo que implica no solo una intromisión en la intimidad de la persona solicitante, a quien se obliga a dar explicaciones sobre la vida laboral de su cónyuge, sino una interpretación errónea», expresa el informe.

    Y para dar peso a su argumento, el inspector se respalda directamente con lo que dice la ley al respecto: «Las trabajadoras tendrán derecho a una pausa de una hora en su trabajo, que podrán dividir en dos fracciones, cuando la destinen a la lactancia de su hijo menor de nueve meses. La mujer, por su voluntad, podrá sustituir este derecho por una reducción de la jornada normal en media hora con la misma finalidad».

    En las conclusiones, lo primero que se confirma es que el BBVA aplicó «inadecuadamente» la ley y que interpretó de forma «restrictiva» el derecho. El banco argumentó que las funciones que desempeñaría la madre durante el periodo de lactancia las podría ejercer el padre porque estaba en paro. Literalmente.

    «El permiso retribuido por lactancia, igual que la figura de la reducción de jornada por guarda legal y la concreción horaria a ella vinculada, es un permiso de titularidad indistinta para hombre o mujer pero que es ejercido mayoritariamente por el sexo femenino, por razón de los estereotipos vinculados a su sexo: se presume que las tareas de cuidado son tareas típicamente femeninas». Ante estos hechos, la inspección determinó que el BBVA había infringido la ley y había discriminado por sexo a sus empleadas.

    LA DIFICULTAD DE SER MADRE

    Tal y como desvelaba ayer MONCLOA.COM, el BBVA se apropió de parte del salario de las empleadas que estaban de baja por maternidad. E hizo posteriormente lo mismo con los hombres que se cogían la baja por paternidad. Este dinero provenía de la Seguridad Social, y el banco se lo apropiaba sin ofrecer demasiadas explicaciones.

    Ante las preguntas de sus empleados, la entidad explicó que ese dinero se les reembolsaría con las pagas extra (ya fuera la de verano o la de Navidad). Pero eso nunca ocurrió. Las irregularidades se extendieron por numerosas empresas que dependían del banco e hicieron saltar las alarmas. Fue un sindicato catalán el que denunció a la entidad. Y ante tal demanda, el BBVA envió una carta a los trabajadores afectados para anunciarles que se iba a investigar el asunto. Y que en caso de haberse cometido alguna irregularidad, se devolvería el dinero.

    Tras nueve años de prácticas irregulares, el banco tuvo que devolver el dinero que se había apropiado. Lo hizo a través de las nóminas de los empleados. Por ello, muchos de ellos se han quejado de que ese capital que el BBVA se apropió no pagó impuestos pero que al recuperarlo le deducieron el IRPF correspondiente a cada trabajador.