El Gobierno asume con normalidad, sin sorpresa, la decisión del Tribunal Supremo de paralizar temporalmente la exhumación del dictador Francisco Franco del Valle de los Caídos hasta que la corte resuelva sobre el fondo del asunto.
«No es extraño que el Tribunal Supremo suspenda la ejecución de una decisión cuya legalidad tiene que revisar a instancia de parte«, considera La Moncloa en una primera reacción a la noticia.
No obstante, el Ejecutivo está «convencido» de que el Tribunal Supremo desestimará los recursos presentados contra la exhumación cuando resuelva sobre el fondo de la cuestión, como ha venido haciendo hasta la fecha con todos los recursos planteados por la familia Franco.
La decisión del Supremo es la de evitar el perjuicio si una vez exhumados los restos fuera preciso devolverlos
Entre tanto, y como consecuencia de la suspensión cautelar decidida este martes por el Supremo, «el Gobierno pospondrá la ejecución de la exhumación hasta que en los próximos meses se dicte sentencia sobre el fondo del asunto.
La razón en la que descansa la decisión del Supremo es la de evitar el perjuicio que, de otro modo, se causaría a los recurrentes y, especialmente, a los intereses públicos encarnados en el Estado y en sus instituciones constitucionales, los cuales se verían gravemente afectados si, exhumados esos restos, se estimara el recurso y fuera preciso devolverlos al lugar en que se hallan.
La noticia no ha cogido por sorpresa al Gobierno, cuyos miembros ya desde la semana pasada enmarcaban dentro de la normalidad la posibilidad de que el Supremo aceptase la suspensión cautelar solicitada por la familia del dictador.
UN FALLO PARA EVITAR UN PERJUICIO MAYOR
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha suspendido, por unanimidad, cautelarmente la exhumación de los restos del dictador Francisco Franco, que debía llevarse a cabo el próximo 10 de junio por decisión del Gobierno, para evitar el perjuicio que, de otro modo, se causaría a los recurrentes -la familia Franco y otros tres colectivos- y, especialmente, a los intereses públicos encarnados en el Estado y en sus instituciones constitucionales, «los cuales se verían gravemente afectados si, exhumados esos restos, se estimara el recurso y fuera preciso devolverlos al lugar en que se hallan».
Dan respuesta a la medida cautelar planteada en los cuatro recursos presentados contra la iniciativa del Gobierno por la familia Franco, La Fundación Francisco Franco, la comunidad Benedictina en Cuelgamuros y la Asociación de Defensa del Valle de los Caídos.
La Sala, presidida por Jorge Rodríguez Zapata, ha estado también integrada por los magistrados Celsa Pico, José Luis Requero, Pablo Lucas y Antonio-Jesús Fonseca-Herrero.
Los recursos que deben aún resolver se presentaron contra el acuerdo por el que el pasado 15 de febrero el Consejo de Ministros autorizó la ejecución de la exhumación, siempre y cuando la familia del dictador accediera a elegir una ubicación distinta a la cripta de la Catedral de la Almudena para inhumar de nuevo los restos de su abuelo.
Ante la negativa de la familia de renunciar por el momento a enterrar a Franco en la sepultura que poseen a perpetuidad en la cripta de La Almudena, un lugar que el Gobierno considera inadecuado por su situación tan céntrica y su interés turístico, el Ejecutivo aprobó posteriormente, el 15 de marzo, otro acuerdo por el que decidía reinhumar los restos del dictador en el cementerio de El Pardo-Mingorrubio y fijaba para el 10 de junio la fecha de los trabajos de inhumación.
Tanto la familia como la Fundación Francisco Franco y el resto de recurrentes apelaban al daño que se causaría si se trasladan los restos del dictador antes de que el Supremo dicte sentencia sobre el fondo del asunto. Es decir, si se trasladan esos restos al cementerio de El Pardo- Mingorrubio, en Madrid, y luego el tribunal resuelve que han de regresar al Valle de los Caídos.