La decisión de Tribunal Supremo respecto al caso de violación a un mujer en una chabola de Sevilla

El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso de casación de un varón condenado por la Audiencia de Sevilla a seis años de cárcel por un delito de agresión sexual. El caso involucra una agresión llevada a cabo en una chabola pocas horas después de conocer a la víctima y tras haber estado consumiendo alcohol juntos.

El caso y la sentencia del Supremo

En una sentencia emitida el 30 de mayo, el Supremo abordó el recurso de casación presentado por el acusado, confirmando la condena impuesta por la Audiencia de Sevilla. Además de la pena de prisión, se le impusieron multas por delitos leves de lesiones y hurto, junto con la prohibición de acercarse a la víctima por diez años.

La Audiencia declaró que en la madrugada del 10 de julio de 2022, en las inmediaciones de un centro comercial en Sevilla, el acusado se encontró con la víctima y la introdujo en una chabola donde la agredió sexualmente, además de robarle pertenencias.

Los detalles del incidente y las decisiones judiciales

Durante el encuentro, el acusado llevó a la víctima a una zona apartada donde perpetró la agresión, pese a la resistencia de esta. Tras el ataque, la víctima logró escapar y ser auxiliada por terceros que avisaron a la Policía. La condena inicial se basó en la declaración de la víctima, testimonios de testigos y pruebas forenses.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía confirmó la condena, alegando que no hubo consentimiento por parte de la víctima y que el acusado no pudo explicar las lesiones presentes en el cuerpo de esta ni la ropa rasgada. A pesar de la defensa del acusado indicando que fue una relación consentida, las instancias judiciales determinaron lo contrario.

La decisión final del Supremo

Tras presentar un recurso ante el Tribunal Supremo, este decidió no admitirlo, argumentando que el acusado no ofreció nuevos elementos o argumentos distintos a los presentados previamente. La decisión en instancia anterior fue considerada lógica y razonada, sin aportar elementos que cambien significativamente la resolución del caso.

En resumen, el Tribunal Supremo ha rechazado el recurso de casación, confirmando la condena por agresión sexual en Sevilla, en un caso que destaca por la contundencia de las pruebas y testimonios presentados durante el proceso judicial.