La Audiencia Nacional anula la sanción al policía crítico con Marlaska

El Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo número 2 de la Audiencia Nacional ha emitido la Sentencia 88/2024 en la que estima íntegramente la demanda presentada por la defensa del policía nacional Samuel Vázquez Álvarez y anula la sanción, que calificada por el instructor como grave, e impuesta por el Secretario de Estado de Seguridad. Además, la sentencia obliga al Ministerio del Interior el pago íntegro de las costas del procedimiento, unos 4.000 euros. El conflicto se inició en marzo de 2023 tras la publicación de dos tuits por parte del agente como portavoz de un sindicato policial. La sentencia es firme y no cabe recurso contra ella.

El procedimiento se originó por dos tuits publicados por el Samuel Vázquez los días 28 y 30 de marzo de 2023, donde, por un lado, anunciaba el ejercicio de acciones penales contra el Director General de la Policía -una querella que presentó por acoso laboral, coacciones y prevaricación administrativa, que de momento ha sido admitida a trámite por la Audiencia Provincial de Madrid- y por otro, hacía constar que el ministro Grande-Marlaska, con el visto bueno del Consejo de Ministros, había designado como Directores Generales tanto de la Policía Nacional como de la Guardia Civil, a personas sin ninguna experiencia operativa previa y con «cero experiencia operativa en la materia».

SEIS EXPEDIENTES EN UN AÑO

La cuestión es que Samuel Vázquez es presidente de la asociación profesional «Una Policía para el Siglo XXI» y desde hace algo más de un año ha tenido problemas con altos cargos de la Policía y el Ministerio del Interior por sus manifestaciones públicas que le han acarreado la apertura de seis expedientes sancionadores distintos en menos de un año.

El sindicato Alternativa Sindical de Policía (ASP), encargado de la defensa penal y contencioso administrativa de sus afiliados, entre los que se encuentra Vázquez a través de su colaboración con el despacho de abogados Matilla & Pastrana Asociados, logró defender el derecho a la libertad de expresión de Vázquez y ganar el juicio a Interior.

La defensa de Samuel Vázquez argumentó en la fundamentación jurídica de su demanda la vulneración tanto del principio de tipicidad (art. 25 de la Constitución), como del derecho fundamental a la libertad de opinión y expresión (art. 20 de la Constitución) y a la tutela judicial efectiva (art. 24 CE), «así como desviación de poder y la falta de proporcionalidad de la sanción impuesta por falta de motivación, siendo los argumentos de la defensa estimados íntegramente en el fallo de la Sentencia», según explicó la asociación en un comunicado.

«LAS EXPRESIONES VERTIDAS EN LOS TUITS SON ATÍPICAS PERO NO ENCAJAN EN LA DESCRIPCIÓN DEL TIPO ELEGIDO POR LA ADMINISTRACIÓN»

La sentencia otorga la razón a la defensa de Vázquez al entender que «las expresiones vertidas en los tuits son atípicas; no encajan en la descripción del tipo elegido por la Administración», según recoge el fallo de la misma. También destaca a su vez que la actuación sancionada o supuesta desconsideración, «no puede incardinarse como ejecutada en el ejercicio de las funciones del actor como policía nacional», es decir, que cuando escribe los tuits Samuel Vázquez no actúa como agente e policía.

Entiende el magistrado que «si estas autoridades políticas se sienten agraviadas en su fama y reputación, bien pueden ejercitar las acciones civiles y, en su caso, penales que correspondan sobre el derecho al honor, la intimidad y la propia imagen».

LIBERTAD DE EXPRESIÓN

El magistrado afirma en su sentencia que el tuit de Vázquez revela -al amparo de su derecho a la libertad de expresión y opinión- hechos objetivamente ciertos y comprobables, de relevante interés social en cuanto se refieren a la formación profesional y académica de autoridades políticas que dirigen los dos cuerpos nacionales de las fuerzas de seguridad del Estado.

En resumen, la sentencia que ha ganado Samuel Vázquez «protege el derecho fundamental a la libertad de opinión y de expresión del señor Vázquez que, a su vez, se limitó a realizar un análisis crítico de unos hechos ciertos y objetivos como son que, actualmente, para ser Director General de la Policía Nacional o de la Guardia Civil, prevalecen los méritos políticos sobre los conocimientos y la experiencia en la materia en perjuicio de los intereses del conjunto de los ciudadanos», según el comunicado de esta misma asociación.